Tarifas

BT1

Este es el sistema tarifario más sencillo, ya que mide sólo la energía consumida. Pueden optar a esta tarifa aquellos clientes alimentados en baja tensión, cuya potencia conectada sea menor a 10 KW y aquellos clientes con potencia superior que instalen un limitador de potencia con la finalidad de cumplir este requisito.
Esta tarifa comprende los siguientes cargos:

  • Cargo fijo mensual

    Corresponde a costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.

  • Cargo por Energía

    Para los meses comprendidos entre octubre y marzo, se obtiene multiplicando los KWh registrados por el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía. Para los meses de abril a septiembre este cargo se aplica sólo a los KWh consumidos por debajo del límite de invierno.

  • ¿Cargo por Energía adicional de Invierno?

    Se aplica en cada mes del período comprendido entre el 1° de abril al 30 de septiembre, a cada KWh adicional consumido que exceda el límite de invierno. Este cargo se indica en la boleta o factura siempre que el consumo sea mayor que 430 KWh .

  • ¿Que se entiende por límite de Invierno?

    El límite de invierno de cada cliente corresponde al promedio de la energía consumida en el período comprendido entre el 1° de octubre y el 31 de marzo inmediatamente anterior, incrementada en un 20%*. Para aquellos clientes que se hubieran incorporado a nuestra Compañía después del 1° de octubre, se les considerará para el cálculo del límite de invierno un consumo de 350 KWh /mes entre el 1° de octubre y la fecha de energización del medidor.


* Este valor no puede ser inferior a 350 KWh .

BT2 y AT2

Esta opción tarifaria separa los cobros por energía y potencia respectivamente. Para ello requiere de un medidor simple de energía y un dispositivo limitador de potencia que se contrata de acuerdo a sus necesidades y según la disponibilidad de ellos en el mercado.
Esta tarifa comprende los siguientes cargos:

  • Cargo fijo mensual

    Corresponde a costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.

  • Cargo por Energía

    Se obtiene multiplicando los KWh registrados por el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía base.

  • Cargo por Potencia Concentrada

    Se obtiene multiplicando los KW contratados por su precio unitario, siendo esto facturado todos los meses independiente del consumo. El precio unitario del cargo por potencia contratada varía su valor según su grado de utilización en horas de punta. Dependiendo de esto, el consumo puede ser calificado como “Presente en Punta” o “Parcialmente Presente en Punta”.

  • Consumo "Presente en Punta"

    Cuando la potencia contratada es usada manifiestamente durante las horas de punta del sistema eléctrico, independiente si dicha potencia es o no utilizada en el resto de las horas del año, el consumo es calificado como “presente en punta” y se le aplica el precio unitario correspondiente. Se entiende que la potencia contratada está siendo usada manifiestamente durante las horas de punta cuando el cuociente entre la demanda media del cliente en horas de punta y su potencia contratada, es mayor o igual a 0,5.

  • Consumo "Parcialmente Presente en Punta"

    Cuando la potencia contratada es usada parcialmente durante las horas de punta del sistema eléctrico, independiente si dicha potencia es o no utilizada en el resto de las horas del año, es calificado como “parcialmente presente en punta” y se le aplica el precio unitario correspondiente. Se entiende que la potencia contratada está siendo usada parcialmente durante las horas de punta cuando el cuociente entre la demanda media del cliente en dichas horas de punta y su potencia contratada, es inferior a 0,5.


Nota: No obstante lo anterior, si por lo menos durante 5 días hábiles del mes, en períodos de 60 minutos consecutivos en las horas de punta, el cuociente entre la potencia media utilizada por el cliente y su potencia contratada supera 0,85, el consumo pasa a calificar como “presente en punta”.
Si usted es calificado como “presente en punta” y al final del período de contratación de la tarifa (12 meses) su consumo se ha comportado como “parcialmente presente en punta”, podrá solicitar el cambio de modalidad o cambiarse a otra opción tarifaria.

BT3 y AT3

Esta opción separa los cobros por energía y potencia. Para ello se requiere de un medidor simple de energía con indicador de demanda máxima.
Esta tarifa comprende los siguientes cargos:

  • Cargo fijo mensual

    Corresponde a costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.

  • Cargo por Energía

    Se obtiene multiplicando los KWH registrados en el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía base.

  • Cargo por demanda máxima

    Se calcula multiplicando la demanda máxima de facturación por el precio unitario correspondiente. La demanda máxima de facturación se calcula como el mayor valor entre la demanda máxima leída en el mes y el promedio de las dos más altas demandas registradas en aquellos meses que contengan horas de punta dentro de los últimos 12 meses, incluido el mes que se factura.

  • Consumo “Presente en Punta”

    El precio unitario del cargo por potencia varía su valor según su grado de utilización en horas de punta. Se entiende que la demanda leída está siendo usada manifiestamente durante las horas de punta cuando el cuociente entre la demanda media del cliente en horas de punta y la potencia contratada es igual o superior a 0,5.

  • Consumo “Parcialmente Presente en Punta”

    Cuando la potencia contratada es usada parcialmente durante las horas de punta del sistema eléctrico, independiente si dicha potencia es o no utilizada en el resto de las horas del año, y se le aplica el precio unitario correspondiente. Se entiende que la potencia contratada está siendo usada parcialmente durante las horas de punta cuando el cuociente entre la demanda media del cliente en dichas horas de punta y su potencia contratada, es inferior a 0,5.


Nota:Es importante destacar que la facturación mínima por concepto de demanda máxima no debe ser inferior al 40% del mayor valor registrado en los últimos 12 meses.
No obstante lo anterior, si por lo menos durante 5 días hábiles del mes, en períodos de 60 minutos consecutivos en las horas de punta, el cuociente entre la potencia media utilizada por el cliente y su potencia contratada supera 0,85, el consumo pasa a calificar como “presente en punta”.
Si usted es calificado como “presente en punta” y al final del período de contratación de la tarifa (12 meses) su consumo se ha comportado como “parcialmente presente en punta”, podrá solicitar el cambio de modalidad o cambiarse a otra opción tarifaria.

BT4.1 y AT4.1

Esta opción tarifaria permite registrar en forma diferenciada la demanda en horas de punta y la demanda suministrada. Requiere de un medidor simple de energía con doble indicador de demanda máxima.
Uno de los indicadores registra la más alta demanda suministrada durante las 24 horas, mientras que el segundo indicador registra la más alta demanda durante las horas de punta.
Esta tarifa comprende los siguientes cargos:

  • Cargo fijo mensual

    Corresponde a costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.

  • Cargo por Energía

    Se obtiene multiplicando los registrados en el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía base.

  • Cargo por demanda máxima contratada en horas de punta

    Este cargo se factura incluso si el consumo de energía es nulo. Se obtiene multiplicando los KW de potencia contratada en horas de punta, por el precio unitario correspondiente.

  • Cargo por demanda máxima contratada

    Se factura aunque no haya consumo de energía y se obtiene multiplicando los KW de potencia contratada en horas fuera de punta por el precio unitario correspondiente.

BT4.2 y AT4.2

Esta opción separa los cobros por energía y potencia. Para ello se requiere de un medidor simple de energía con indicador de demanda máxima.
Esta tarifa comprende los siguientes cargos:

  • Cargo fijo mensual

    Corresponde a costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.

  • Cargo por Energía

    Se obtiene multiplicando los KWH registrados en el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía base.

  • Cargo mensual por demanda máxima leída en horas de punta

    Se factura como la demanda efectivamente leída del mes, para los meses de abril a septiembre, y como el promedio de las dos más altas demandas máximas registradas en los meses de horas de punta del período inmediatamente anterior, para los meses de octubre a marzo.

  • Cargo mensual por demanda máxima contratada

    Se factura aunque no haya consumo de energía y se obtiene multiplicando los de potencia contratada por el precio unitario correspondiente.

BT4.3 y AT4.3

Esta opción tarifaria permite registrar en forma diferenciada la demanda en horas de punta y la demanda suministrada. Requiere de un medidor simple de energía con doble indicador de demanda máxima.
Uno de los indicadores registra la más alta demanda suministrada durante las 24 horas, mientras que el segundo indicador registra la más alta demanda durante las horas de punta.
Esta tarifa comprende los siguientes cargos:

  • Cargo fijo mensual

    Corresponde a costos tales como lectura, facturación, reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo es nulo.

  • Cargo por Energía

    Se obtiene multiplicando los registrados en el medidor durante el período de facturación por el precio unitario de la energía base.

  • Cargo por demanda máxima suministrada

    Se factura como el promedio de las dos más altas demandas máximas registradas en los últimos 12 meses, incluido el mes de facturación.

  • Cargo por demanda máxima leída en horas de punta

    Se factura como la demanda efectivamente leída del mes para los meses comprendidos entre abril y septiembre, y como el promedio de las dos más altas demandas máximas registradas en los meses de horas de punta del período inmediatamente anterior, para los meses de octubre a marzo.